Eddy Marban Law
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Discriminación
Los empleados están protegidos contra la discriminación en el lugar de empleo en la base de raza, religión, genero, u origen nacional. Conducta discriminatoria incluye despido, negar un acenso, o recibir menos salario, beneficios o privilegios que miembros de otra característica. Estatutos han sido promulgados al nivel federal, Title VII of the Civil Rights Act, nivel estatal, Florida Civil Rights Act, al igual que el condado Miami-Dade.
Discriminación por Edad
El Age Discrimination in Employment Act of 1967 (“ADEA”) prohíbe que empleadores discriminen en el lugar de empleo sobre la base de edad contra individuos mayores de 40 años de edad. El empleado debe estar calificado para llevar a cabo el trabajo. Represalia puede incluir practicas de emplear, despedir o promocion que discriminan sobre la base de edad.
Discriminación de Discapacidad
La ley de la Florida y el “Americans with Disabilities Act of 1990” (“ADA”) prohíben que empleadores discriminen en el lugar de empleo sobre la base de discapacidad. El empleador debe saber o tener razón para saber de la discapacidad. Represalia puede incluir practicas de empleo, despido, y avance que discriminan contra personas discapacidades.
Una persona discapacitada es una que tiene un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades mayores de la vida, tiene registro de tal impedimento, o es considerado como teniendo ese impedimento.
La persona discapacitada debe estar calificada para el trabajo, con o sin acomodación razonable. “Acomodación razonable” es acomodación que no impone una adversidad excesiva en la operación del empleador. “Adversidades excesivas” son consideradas basados en factores presentes para un empleador en particular, individualmente. Sin embargo, no se requiere que empleadores bajen sus normas de producción o calidad, ni que absorban gastos irrazonables de acomodación.
El ADA también prohíbe discriminación por registrar un cargo de discriminación con una agencia sobre la base de discapacidad.